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El Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, de la Junta de Andalucía, aprobó las bases reguladoras para la concesión de una línea de subvenciones dirigidas al apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, entre las que se encuentran las cooperativas de trabajo. El Decreto ley considera gastos subvencionables, según el artículo 7.1, la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros y el pago de los costes fijos incurridos. La forma de calcular la cuantía de la subvención para las entidades jurídicas, como son las cooperativas, establece distintos porcentajes en función del número de empleados, según el artículo 7.2.b del Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio. ¿Cómo se determina el número de empleados?

Según el artículo 7.4 del Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, y el apartado uno.8 de la Orden HAC/348/2021, de 12 de abril, el número de empleados a que se refiere el párrafo b) del apartado 2 se determinará teniendo en cuenta el número medio en 2020 de perceptores de rendimientos dinerarios del trabajo consignados en las declaraciones mensuales o trimestrales, de retenciones e ingresos a cuenta (modelo 111), según información que suministre la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en cumplimiento del Convenio suscrito con la Comunidad Autónoma de Andalucía en los términos del artículo 4.4 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo.

El plazo de presentación de solicitudes es, según el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Extraordinario 88, hasta el 15 de noviembre de 2021.

Anterior El Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, de la Junta de Andalucía, aprobó las bases reguladoras para la concesión de una línea de subvenciones dirigidas al apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, entre las que se encuentran las cooperativas de trabajo. El Decreto ley considera gastos subvencionables, según el artículo 7.1, la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros y el pago de los costes fijos incurridos. De forma general, un requisito para ser solicitante de la ayuda es que el volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente, haya caído más del 30% en el año 2020 respecto al año 2019. Pero si la cooperativa ha comenzado su actividad mas tarde del 31 de diciembre de 2019 y no tiene los datos del IVA de 2019, ¿Como se calcula la cuantía de la subvención?
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