Skip to content

¿Cómo podemos ayudarte?

< Todos los temas
Imprimir

Uno de los beneficios fiscales que tienen las cooperativas es la libertad de amortización sobre activos. Pero esta libertad está restringida a determinados activos y acotada en el tiempo. ¿Qué elementos del activo de las cooperativas protegidas gozan de libertad de amortización y por cuanto tiempo?

Los artículos 33 y 40 Ley 20 / 1990 , de 19 de diciembre de 1990 señala que gozarán de libertad de amortización de los elementos de activo fijo nuevo amortizable, adquiridos en el plazo de 3 años a partir de la fecha de su inscripción en el registro de cooperativas.
Con dos excepciones:
– No puede aplicarla las cooperativas de crédito,
– Una limitación técnica: La cantidad fiscalmente deducible en concepto de libertad de amortización, una vez practicada la amortización normal de cada ejercicio en cuantía no inferior a la mínima, no podrá exceder del importe del saldo de la cuenta de resultados cooperativos disminuido en las aplicaciones obligatorias al fondo de reserva obligatorio y participación del personal asalariado.

Anterior Una de las causas por las que las cooperativas pierdan su condición de fiscalmente protegida e la que señala el artículo 13. de la Ley 20 / 1990 , de 19 de diciembre de 1990 tiene que ver con las dotaciones al Fondo de Reserva Obligatorio y al de Educación y Promoción y con aplicación de las cantidades del Fondo de Educación y Promoción a finalidades distintas de las previstas por la Ley. ¿Son las dotaciones a estos fondos gastos deducibles al calcular la base imponible sobre la que se determina la cuota íntegra?
Siguiente Uno de los gastos deducibles que se admiten al calcular la base imponible con la que se calcula el Impuesto sobre Sociedades es la dotación a la amortización. Esta dotación tiene una limitación en cuanto al porcentaje de aplicación como al número mínimo de años en los que esta se aplica ¿Qué beneficios fiscales le son aplicables a las cooperativas protegidas?
Tabla de contenidos