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El Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, de la Junta de Andalucía, aprobó las bases reguladoras para la concesión de una línea de subvenciones dirigidas al apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, entre las que se encuentran las cooperativas de trabajo. ¿Qué gastos considera el Decreto ley que son subvencionables?

Según el artículo 7.1 del Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, deberán aplicarse a

– la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros,

-al pago de los costes fijos incurridos,

– que se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021

– procedan de contratos anteriores a 13 de marzo de 2021

– y, en todos los casos, se encuentren pendientes de pago a 31 de mayo de 2021 y sean dinerarias

El plazo de presentación de solicitudes es, según el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Extraordinario 88, hasta el 15 de noviembre de 2021.

Anterior El Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, aprobó las bases reguladoras para la concesión de una línea de subvenciones dirigidas al apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, entre las que se encuentran las cooperativas de trabajo. Uno de los requisitos que hay que cumplir para ser beneficiarios de esta ayudas, es que las actividades económicas realizadas deben estar incluidas dentro de los códigos de la CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) que se recogen en los Anexos I y II de este Decreto-ley y otro que una de estas actividades deberá haberse realizado durante 2019 y 2020. El Decreto-ley ¿te exige que sigas continuando la actividad por la que solicitas la ayuda?
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