Skip to content

¿Cómo podemos ayudarte?

< Todos los temas
Imprimir

El Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, de la Junta de Andalucía, aprobó las bases reguladoras para la concesión de una línea de subvenciones dirigidas al apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, entre las que se encuentran las cooperativas de trabajo. Esta ayuda se puede solicitar conforme al artículo 11 de este Decreto-ley ¿Se puede presentar los formularios de la solicitud mediante los documentos en soporte papel a través de los registros centrales?

Según el artículo 13.1 del Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, las solicitudes, así como, en su caso, la documentación adicional  y la documentación relativa a la justificación de la subvención, se presentarán única y exclusivamente de forma telemática, en el Registro electrónico único de la Junta de Andalucía, a través de la ventanilla electrónica en la dirección.

El plazo de presentación de solicitudes es, según el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Extraordinario 88, hasta el 15 de noviembre de 2021.

Anterior El Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, de la Junta de Andalucía, aprobó las bases reguladoras para la concesión de una línea de subvenciones dirigidas al apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, entre las que se encuentran las cooperativas de trabajo. Esta ayuda se puede solicitar conforme al artículo 11 de este Decreto-ley ¿Qué plazo tiene la Administración para resolver la solicitud?
Siguiente El Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, de la Junta de Andalucía, aprobó las bases reguladoras para la concesión de una línea de subvenciones dirigidas al apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, entre las que se encuentran las cooperativas de trabajo. Esta ayuda se puede solicitar conforme al artículo 11 de este Decreto-ley y según el artículo 18.2 del Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión será de cuatro meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro telemático. ¿Qué ocurre si la Administración no resuelve en este plazo?
Tabla de contenidos