El Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, aprobó las bases reguladoras para la concesión de una línea de subvenciones dirigidas al apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, entre las que se encuentran las cooperativas de trabajo. Estas ayudas, ¿son compatibles con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos, que se concedan para la misma finalidad?
Con carácter general, si. Según el artículo 4. Régimen de compatibilidad de las subvenciones, del Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, las subvenciones que se reciban al amparo de lo previsto en este Decreto-ley serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, que se concedan para la misma finalidad.
Y pueden proceder de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, de la Unión Europea o de otros Organismos Internacionales.
Pero con la siguiente salvedad: siempre que el importe de las mismas, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, ingresos o recursos, no superen el coste de la actividad subvencionada.
El plazo de presentación de solicitudes es, según el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Extraordinario 88, hasta el 15 de noviembre de 2021.