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En las asociaciones de cooperativas, ya sean por la fórmula de uniones, federaciones o confederaciones de cooperativas. ¿Qué tipo de gravamen le es aplicable en el impuesto de Sociedades?

Las asociaciones de sociedades cooperativas en uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas tributarán en el Impuesto sobre Sociedades según el régimen establecido para las entidades parcialmente exentas, siempre que su objeto social sea el de la defensa y promoción de sus intereses, según el Artículo 36 Ley 20 / 1990 , de 19 de diciembre de 1990, el Artículo 117 Ley 27 / 1999 , de 16 de julio de 1999 y el Artículo 9 Ley 27 / 2014 , de 27 de noviembre de 2014.

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Siguiente Las cooperativas especialmente protegidas pueden tener resultados cooperativos y resultados extracooperativos, a los que se les aplica distinto tipo de gravamen. Las cooperativas especialmente protegidas pueden tener dos tipos de resultados, los que se obtienen de la actividad cooperativa, que son los resultados cooperativos, y los que se obtiene de operaciones que provienen de actividades realizadas con personas no socias, los derivados de operaciones financieras de naturaleza no cooperativa y los de actividades económicas o fuentes ajenas a los fines específicos de la cooperativa, que son los resultados extracooperativos. Respecto a estos resultados extracooperativos, ¿le es aplicable la bonificación del 50% sobre la cuota íntegra establecida para las cooperativas especialmente protegidas a la parte procedente de los resultados extracooperativos?
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