¿Qué beneficios fiscales le son aplicables a las cooperativas protegidas en los impuestos locales?
Según el artículo 33º.4 de la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas, gozarán de una bonificación del 95 por 100 de la cuota, y, en su caso, de los recargos, de los siguientes tributos locales:
a) Impuesto sobre Actividades Económicas.
b) Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente a los bienes de naturaleza rústica de las Cooperativas Agrarias y de Explotación Comunitaria de la Tierra.